El Gobierno aprueba un único modelo de receta médica electrónica para toda España

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El Consejo de Ministros ha aprobado la implantación en toda España de un único modelo de receta médica electrónica, que aportará "muchísimas ventajas" a los usuarios, especialmente a los pacientes crónicos, como ha señalado el portavoz del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, en la rueda de prensa posterior a la reunión de Gabinete.

A partir de ahora, "habrá un modelo de receta única electrónica que vale para todas las comunidades autónomas y que camina en la dirección en la que viene trabajando el Ministerio de Sanidad", ha añadido Rubalcaba, quien ha destacado que España es "un país puntero en medicina "online" tenemos unos sistemas de trabajo electrónico en nuestra organización sanitaria especialmente eficaces". En este sentido, ha expresado la satisfacción del Ejecutivo en el funcionamiento de la medicina "singularmente en esta materia".

Así, el real decreto de receta médica y órdenes de dispensación, que desarrolla la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, recoge las características de la receta electrónica, así como los requisitos de coordinación necesarios para que se garantice la interoperabilidad en el SNS y se garantice su funcionalidad en los pacientes desplazados para que estos dispongan de su medicamento en cualquier oficina de farmacia del territorio español.

Para lograrlo, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, actuará como nodo de intercomunicación de datos entre los diferentes sistemas de receta electrónica de las comunidades autónomas. El acceso de médicos y farmacéuticos al sistema se realizará a través de certificados electrónicos y de la tarjeta sanitaria del paciente.

Según explicó Pérez Rubalcaba, la receta médica electrónica tendrá "muchísimas ventajas" para los usuarios, como la posibilidad de multiprescripción de medicamentos para los tratamientos de duración máxima de doce meses. No obstante, para evitar acumulaciones en el domicilio del paciente se ha establecido que en cada dispensación no se podrá superar el tratamiento equivalente a un mes de duración.

MODELO ARMONIZADO DE RECETA

Además, el real decreto establece un modelo armonizado de receta médica y órdenes de dispensación hospitalaria, que son aquellas que se extienden en los hospitales para la dispensación de medicamentos por parte de los servicios de Farmacia Hospitalaria a pacientes no ingresados.

En él se establecen el formato y los requisitos comunes para ese modelo único de receta para los medicamentos que la precisen, independientemente de que estén o no financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS) y de que se prescriban en la sanidad pública o privada, algo que no sucedía hasta ahora.

Así, los principales aspectos que deberán incluir son los datos del paciente (nombre, apellidos, etc.); los datos del medicamento (nombre del medicamento o del principio activo, vía de administración, etc.); la posología y duración del tratamiento (número de dosis, etc.); los datos del prescriptor (nombre, número de colegiado, etc.) y la fecha de prescripción.

Además, las recetas podrán contener otros datos adicionales que específicos de determinados tipos. Por ejemplo, en las recetas para pacientes crónicos se incluirá la fecha prevista de dispensación y el número de dispensaciones sucesivas.

El Gobierno busca con esta armonización de la receta médica tanto en la sanidad pública como privada un "elemento de calidad y seguridad para el paciente" ya que "refuerza la información al paciente incorporando a la receta un documento de información, de entrega obligada, en el que el profesional que prescriba el medicamento anotará las instrucciones adicionales sobre el tratamiento y las advertencias al farmacéutico para que éste realice la dispensación con las máximas garantías de seguridad y eficacia".

Además, garantiza la dispensación de los medicamentos en cualquier farmacia del territorio español y posibilita tanto la dispensación de un medicamento en una sola vez como la dispensación sucesiva cuando se trate de tratamientos crónicos. De este modo, los pacientes con enfermedades crónicas evitarán visitar al médico exclusivamente para renovar las prescripciones, con lo que aumentará la comodidad de los pacientes y mejorará la gestión asistencial en atención primaria.

El real decreto también amplía la capacidad de prescribir medicamentos a los podólogos, que se unen así a médicos y odontólogos, como profesionales sanitarios con capacidad para prescribir medicamentos sujetos a receta médica.